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Las circunstancias de la comisión de la conducta antijurídica: Cada delito implica una relación con un
bien jurídico protegido, pero en los casos de corrupción, los fallos judiciales no siempre fundamentan
adecuadamente el daño causado al Estado. Esto genera reparaciones civiles centradas en lo económico,
sin considerar el daño a la imagen estatal. Así, persisten deficiencias en la motivación jurídica de dichos
pronunciamientos.
El aprovechamiento obtenido por los sujetos responsables: En los delitos de corrupción de funcionarios,
el agente tiene acceso a recursos públicos cuyo uso indebido genera un perjuicio patrimonial
cuantificable. Sin embargo, el daño no patrimonial afecta la imagen del Estado ante la sociedad. Este
aspecto suele omitirse en la motivación de las sentencias condenatorias.
El nivel de difusión pública del hecho ilícito: En los delitos de corrupción de funcionarios, el daño no solo
es económico, sino también a la imagen del Estado, lo que incrementa el reproche social. Las sentencias
deben reflejar este impacto en la reparación civil, pues omitirlo debilita la función preventiva y
reparadora de la pena. Esta omisión alimenta la desconfianza ciudadana en las instituciones públicas.
La naturaleza y el rol funcional de la entidad pública perjudicada: La condición funcional del agente en
delitos de corrupción, como un alcalde o gerente de imagen, agrava el daño extrapatrimonial al Estado.
Esto requiere una valoración cualitativa especial en la sanción, por el impacto en la imagen institucional.
Tal circunstancia genera mayor reproche social y demanda un tratamiento más severo.
El alcance competencial de la entidad pública perjudicada: La condición del agente y el contexto, como
en la pandemia, agravan el daño extrapatrimonial cuando se vulneran recursos destinados a la salud
pública. Este tipo de conducta afecta gravemente la imagen del Estado. Por ello, se requiere una
valoración cualitativa más rigurosa al imponer la sanción.
El cargo o posición de los funcionarios públicos: La condición del agente según su cargo dentro de la
entidad pública puede agravar la afectación a la imagen del Estado. Esta circunstancia debe motivar una
valoración cualitativa más severa en la sanción. Así, se justifica una respuesta jurídica proporcional al
daño extrapatrimonial causado.
Estos ocho criterios referidos por la Corte Suprema para la fijación de la reparación en delitos de
corrupción de funcionarios son objetivos y subjetivos, referidos que al momento de fundamente el extremo
de la reparación civil, en este extremo considerando que el criterio objetivo está referido sobre la afectación
de a conducta derivita cuantificable económicamente para establecer la afectación, empero respecto al
criterios subjetivo referente a un aspecto extrapatrimonial sobre la afectación a la imagen, reputación y
prestigio de El Estado, es por ello que dicha casación se pronuncia dentro de estos términos:
Los delitos contra el Estado no solo generan perjuicios económicos, sino que también pueden vulnerar
bienes jurídicos de alta relevancia, como la reputación, la credibilidad y la imagen institucional. Estos daños
extrapatrimoniales, al trascender lo material, deben ser valorados con base en criterios de equidad y
proporcionalidad, sin depender de cálculos matemáticos exactos [2].
En el distrito judicial de La Libertad, las sentencias condenatorias por delitos de corrupción de funcionarios
evidencian una tendencia a valorar únicamente el perjuicio económico al Estado, aplicando criterios
cuantitativos. Sin embargo, se omite sistemáticamente la consideración cualitativa del daño extrapatrimonial,
particularmente el deterioro de la imagen institucional frente a la sociedad. Esta omisión plantea
cuestionamientos sobre los efectos de la casación vigente en la discrecionalidad judicial para fundamentar
reparaciones que reflejen adecuadamente el impacto social y simbólico del delito.
ISSN-E: 2697-3650
Revista Minerva
Vol.6, Número 17, (pp. 148-156)
PERÍODO: MAYO-AGOSTO 2025
Quezada N. et al. Daño extrapatrimonial y reparación civil objetiva en delitos de corrupción de funcionarios